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POECA 

​Plan Operacional para enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica 


El Plan Integral de Gestión de la Calidad del Aire -PIGECA-, incluye un protocolo que comprende el plan de acción frente a cualquier escenario en el que la calidad del aire supere ciertos límites establecidos dentro de este plan. 
 
Este protocolo, es el Plan Operacional para enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica en el Área Metropolitana del Vallé de Aburrá –POECA-; este permite la implementación sistemática y organizada de medidas tendientes a reducir los niveles de contaminación en el corto plazo para prevenir los efectos en la salud de la población por la exposición a altos índices de contaminación  

​El POECA puede aplicarse en cualquier momento del año. Sin embargo, existen dos periodos en los que regularmente se implementa; se trata de los meses comprendidos entre febrero-abril y octubre-noviembre, meses de transición entre la temporada seca y la de lluvias. 
 
Para definir cuándo aplicar el POECA y qué medidas implementar, existen 4 niveles que dependen de los indicadores que emite el Sistema de Alerta Temprana de Medellín y el Valle de Aburrá –SIATA-, proyecto encargado del monitoreo del estado de la calidad del aire en el territorio metropolitano. Las implicaciones generales en temas de salud para cada nivel son las siguientes: 
 
Nivel normal (Nivel I):  La concentración de contaminantes en el aire y su tiempo de exposición o duración son tales, que no producen efectos nocivos, directos ni indirectos, en el medio ambiente o a la salud. 
 
Nivel de Prevención (Nivel II): en este escenario las concentraciones de los contaminantes en el aire y su tiempo de exposición o duración causan efectos adversos y manifiestos leves, en la salud de los ciudadanos. En este nivel, se recomienda limitar las actividades prolongadas al aire libre de los grupos sensibles: mujeres embarazadas, niños, adultos mayores, personas con enfermedades cardiovasculares o respiratorias. 
 
Nivel de Alerta (Nivel III): Se presenta cuando la concentración de contaminantes en el aire y su duración o tiempo de exposición, pueden causar alteraciones manifiestas en el medio ambiente o a la salud humana. Las recomendaciones para poblaciones vulnerables se vuelven más rigurosas. 
 
Nivel de Emergencia (Nivel IV): Estado de emergencia en el que la concentración de contaminantes en el aire y su tiempo de exposición o duración puede causar enfermedades agudas o graves e incluso, ocasionar la muerte de organismos vivos.  

Medidas adoptadas durante el Período de Gestión de episodios de contaminación atmosférica​

 ACTOR 

MEDIDAS COMUNES PARA TODOS LOS NIVELES 

PREVENCIÓN 

ALERTA 

EMERGENCIA 

COMUNICACIONES 

  • Informar a través de los medios de comunicación sobre el inicio, evolución y finalización del periodo y niveles de gestión de episodios de contaminación atmosférica. 

  • Publicar diariamente a través de la página web de la Entidad, redes sociales y medios de comunicación, sobre la evolución del ICA (Índice de Calidad del Aire).  Informar las recomendaciones dirigidas a la comunidad, orientadas a reducir la exposición de los grupos sensibles a la contaminación atmosférica y minimizar las emisiones de los contaminantes.  

  • Incrementar campañas masivas de educación a la población. 

  • Realizar difusión masiva del Plan de comunicaciones para la implementación del POECA. (debe incluir las medidas estructurales del Plan Integral de Gestión de la Calidad del Aire (PIGECA). 

  • Realizar mínimo una intervención en espacios de alta afluencia de público, donde se realice difusión masiva del Plan de comunicaciones, en conjunto con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá. 

  • Informar a través de los medios de comunicación sobre la ocurrencia del episodio, el nivel de alerta declarado y las medidas que se aplicarán.  

  • Realizar difusión masiva del Plan de comunicaciones para la implementación del POECA. (debe incluir las medidas estructurales del Plan Integral de Gestión de la Calidad del Aire (PIGECA). 

  • Convocar a los Consejos Metropolitanos de Gestión del Riesgo de Desastres, Ambiental y de Movilidad para la coordinación de implementación de las medidas. 

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FUENTES MÓVILES 

  • Reforzar los operativos en vía para el control de emisiones vehiculares. 

  • Articular con Corantioquia y Cornare los operativos de control y vigilancia a las fuentes móviles, teniendo en cuenta que, en periodo de gestión de episodio de contaminación atmosférica, la contaminación generada por fuera del valle puede agravar las condiciones de contaminación. 

  • Quedan exentos de restricciones los vehículos eléctricos y vehículos a gas natural. 

  • Cada municipio y en coordinación con los demás municipios del Área Metropolitana del Valle de Aburrá podrá evaluar la posibilidad de implementar corredores logísticos para mejorar la eficiencia del transporte de carga 

  • Implementar en todo el Valle de Aburrá cómo mínimo, la restricción de 2 dígitos en los horarios de 5:00 am a 8:00 pm para los vehículos particulares y motos de 2 y 4 tiempos. 

  • Implementar la restricción de transporte de carga y volquetas, de acuerdo con el distintivo implementado por la autoridad ambiental. Mientras no se tenga el distintivo se realizará la restricción a cuatro (4) dígitos en los horarios de 7:00 a 8:30 am y de 5:30 a 7:00 pm, horarios en los que presenta una mayor acumulación de los contaminantes, según los ciclos diurnos.  

  • Para los vehículos de modelos menores o iguales a 2009, con los mismos dígitos de placa, la restricción será en el horario de 5:00 am a 8:30 am y de 4:30 a 9:00 pm en toda la jurisdicción del Valle de Aburrá. 

  • Implementar en todo el Valle de Aburrá cómo mínimo, la restricción de 4 dígitos en los horarios de 5:00 am a 8:00 pm para los vehículos particulares y motos de 2 y 4 tiempos. 

  • Implementar la restricción de transporte de carga y volquetas, de acuerdo con el distintivo implementado por la autoridad ambiental. Mientras no se tenga el etiquetado se realizará la restricción a seis (6) dígitos en los horarios de 5:00 a 10:00 am y de 4:00 a 8:00 pm.  

  • Para los vehículos de modelos menores o iguales a 2009, con los mismos dígitos de placa, la restricción será en el horario de 5:00 am a 9:00 pm en toda la jurisdicción del Valle de Aburrá. 

  • El sistema integrado de transporte en el Valle de Aburrá, en todos sus componentes o modos igualará las frecuencias en las horas Valle con las frecuencias de las horas pico. 

  • Implementar la restricción tota a la circulación de automóviles particulares, motos de 2 y 4 tiempos en el horario extendido de 5:00 am a 10:00 pm. 

  • Implementar la restricción tota a la circulación de transporte de carga y volquetas en horario extendido de 5:00 am a 10:00 pm. 

  • Reforzar el apoyo al Área Metropolitana del Valle de Aburrá para la ejecución de operativos en vía para control de emisiones vehiculares. 

  • Reforzar los operativos de agilización del tránsito vehicular. 

  • No limitar la operación de ambulancia o vehículos destinados al transporte de enfermos,  vehículos de transporte exequial, atención de incendios y vehículos de atención del orden público. 

  • El sistema integrado de transporte en el Valle de Aburrá, en todos sus componentes o modos igualará las frecuencias en las horas Valle con las frecuencias de las horas pico. 

FUENTES FIJAS 

El Área Metropolitana del Valle de Aburrá con el apoyo de los Municipios, deberá intensificar el control y vigilancia a las fuentes fijas para la verificación del cumplimiento de la norma y suspender aquellas que no estén cumpliendo.  

Las empresas no podrán realizar el mantenimiento preventivo de los equipos de control de emisiones atmosféricas durante el periodo de gestión de episodio calidad del aire.  

Aritcular con Corantioquia y Cornare los operativos de control y vigilancia a las fuentes fijas ubicadas en las zonas limítrofes del Valle de Aburrá. 

Definir un Plan de contingencia para la movilidad de sus empleados donde se refuercen acciones del Plan de Movilidad Empresarial Sostenible -Planes MES- en cuanto al teletrabajo, horarios flexibles, compartir el vehículo, entre otros. 

Reforzar las acciones de los Planes MES. 

Las entidades que no están obligadas a implementar planes MES (menos de 200 colaboradores directos o indirectos), promoverán acciones de movilidad sostenible para ser aplicadas en períodos de gestión de episodios de contaminación atmosférica. 

 

En el caso que siguiendo el procedimiento de cálculo establecido en el artículo 11 de la Resolución 2254 de 2017, se alcance una concentración mayor o igual a 106 μg/m3, no podrán funcionar aquellas fuentes fijas que emitan más de 100 μg/m3 de material particulado, además de aquellas empresas que no han demostrado el cumplimiento de los estándares fijados en la norma nacional para material particulado. Para ello se emitirá un boletín informativo por parte del Área Metropolitana del Valle de Aburrá. 

 

Apoyar al Área Metropolitana del Valle de Aburrá en la coordinación y control de las restricciones dirigidas al sector industrial. 

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EDUCACIÓN 

Las Instituciones de educación superior a través de los departamentos, oficinas o áreas de gestión ambiental, de sostenibilidad o similares, deberán implementar medidas que promuevan la disminución de viajes en transporte particular y promover que las actividades académicas y administrativas se desarrollen en lo posible de forma virtual.  

Las secretarías de educación de los municipios deberán evaluar la posibilidad de promover que las instituciones educativas implementen la escolaridad virtual y/o acciones administrativas virtuales. 

Recomendar a los establecimientos educativos reducir el esfuerzo prolongado al aire libre. 

Recomendar a los establecimientos educativos que niños y adolescentes deben evitar el esfuerzo prolongado al aire libre 

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SALUD 

 

Incrementar las campañas masivas de educación a la población por parte de la autoridad en salud. 

 

Considerar las acciones adelantadas en el Eje Temático 1 del PIGECA en su línea 

Generar un análisis con el reporte de las consultas por infección respiratoria aguda, considerando las acciones adelantadas en el Eje Temático 1 del PIGECA, en su línea 1. 

Alertar a las unidades médicas para que se preste atención prioritaria a los grupos de alto riesgo. 

Disponer de unidades de atención de urgencias en salud con mayor cercanía a la población para atender consultas médicas derivadas de la condición de episodio crítico de contaminación atmosférica. 

Incrementar las campañas masivas de educación a la población por parte de la autoridad en salud. 

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RIESGO 

Reforzar los operativos de vigilancia de posibles quemas e incendios 

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Promoción de medidas de Ecociudad durante todo el período de gestión de episodios 


  • Implementar acciones de movilidad sostenible para el transporte de carga de materias primas, insumos y productos. 
  • Programación de cargue y descargue. 
  • Optimización de vehículos. 
  • Evaluar la posibilidad de implementar ciclorutas provisional. 
  • Informe con las acciones implementadas por parte de los municipios. 
  • Aplicación de los Planes de Movilidad Empresarial Sostenible –Planes MES. 
  • Promover espacios virtuales en las instituciones de educación superior. 
  • Horarios escalonados y flexibles en instituciones públicas y en el sector privado. 
  • Trabajo remoto o teletrabajo. ​

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Descarga los documentos del POECA

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