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El Plan Integral de Gestión de la Calidad del Aire -PIGECA-, además de contener medidas a mediano y largo plazo que buscan mitigar las condiciones desfavorables de la calidad del aire, también incluye un protocolo que comprende el plan de acción frente a cualquier escenario en el que la calidad del aire supere ciertos límites también establecidos dentro de este plan.

Este protocolo, conocido como Plan Operacional para enfrentar Episodios de Contaminación Atmosférica en el Área Metropolitana del Vallé de Aburrá –POECA-, contiene las medidas de choque dentro del plan general de acciones por el aire y puede aplicarse en cualquier momento del año. Sin embargo, existen dos épocas en las que se viene implementando regularmente; en los períodos comprendidos entre febrero-abril y octubre-noviembre, que coinciden con las transiciones de las temporadas climáticas, se presenta una baja nubosidad que impide que los contaminantes se dispersen, lo que provoca una mayor concentración de agentes dañinos y activa automáticamente dicho protocolo.

El POECA, como una serie de medidas pensadas a corto plazo y en situaciones particulares, tiene como principal objetivo proteger la salud de la población frente a escenarios de contaminación atmosférica que excedan los umbrales o niveles de contaminación en tiempos establecidos. Además, este Plan establece medidas extraordinarias que buscan reducir los niveles de emisión aplicables en tanto dura el episodio de contaminación del aire.

Para definir cuándo aplicar el POECA y qué medidas implementar, existen 4 niveles que dependen de los indicadores que emite minuto a minuto el Sistema de Alerta Temprana de Medellín y el Valle de Aburrá –SIATA-, y que monitorean el estado de la calidad del aire en el territorio metropolitano. Las implicaciones generales en temas de salud para cada nivel son las siguientes:

Nivel normal (Nivel I): un nivel de absoluta normalidad en el que la concentración de contaminantes en el aire y su tiempo de exposición o duración son tales, que no producen efectos nocivos, directos ni indirectos, en el medio ambiente o a la salud.

Nivel de Prevención (Nivel II): en este escenario las concentraciones de los contaminantes en el aire y su tiempo de exposición o duración, causan efectos adversos y manifiestos, aunque leves, en la salud de los ciudadanos metropolitanos. Allí se recomienda limitar las actividades prolongadas al aire libre de las poblaciones vulnerables: mujeres embarazadas, niños, adultos mayores, personas con enfermedades cardiovasculares y respiratorias.

Nivel de Alerta (Nivel III): Se presenta cuando la concentración de contaminantes en el aire y su duración o tiempo de exposición, pueden causar alteraciones manifiestas en el medio ambiente o a la salud humana. Las recomendaciones para poblaciones vulnerables se vuelven más rigurosas.

Nivel de Emergencia (Nivel IV): Estado de emergencia en el que la concentración de contaminantes en el aire y su tiempo de exposición o duración, puede causar enfermedades agudas o graves e incluso, ocasionar la muerte de organismos vivos.​
 
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Como parte de las acciones en la contingencia ambiental también se considera la reducción de emisiones en el sector transporte y movilidad, con más operativos en vía, articulados con Corantioquia y Cornare. Las empresas no podrán realizar el mantenimiento preventivo de los equipos de control de emisiones atmosféricas durante el periodo de gestión de episodios. Además, el Área Metropolitana permanentemente invita y capacita a las empresas  para definir planes de movilidad empresarial sostenible – Planes MES-, con sus empleados.

Finalmente, en los periodos​ existen estrategias de regulación de emisiones para el sector industrial con el fin de  reducir la emisión de material particulado.

En conclusión, este plan pretende atender de forma oportuna y eficaz, los episodios de contaminación del aire, para proteger la salud de la población y propiciar un desarrollo metropolitano sostenible, bajo en emisiones de carbono y agentes contaminantes.​