Subdirección Desarrollo Social
La Ley 1625 de 2013, Ley Orgánica de Áreas Metropolitanas, Respecto a sus competencias el artículo 6 establece: “a) Programar y coordinar el desarrollo armónico, integrado y sustentable de los municipios que la conforman; c) Ejecutar obras de infraestructura vial y desarrollar proyectos de interés social del área metropolitana..."
En tal virtud, la Junta Metropolitana, mediante el Acuerdo Metropolitano No. 10 de 2023, aprobó y estableció una nueva estructura interna y determinó las funciones generales de las dependencias del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, asignando a cada uno de los procesos misionales una subdirección, entre ellas la de DESARROLLO SOCIAL, desde las dimensiones de seguridad convivencia, paz, educación, cultura, salud pública y Parque Metropolitano de las Aguas.
Según el mencionado acuerdo 10 de 2023, las funciones generales de la Subdirección de Desarrollo Social son:
- Dirigir la formulación de políticas, planes, programas y proyectos para la promoción de estrategias de integración que faciliten la cohesión social del territorio.
- Direccionar intervenciones en cultura y educación; seguridad, convivencia y paz; salud pública; y en el uso de espacios recreativos que beneficien a los diferentes actores del territorio por medio de modelos de alianza estratégica y asociativa.
- Generar espacios de articulación interinstitucional y coordinación de políticas públicas para fortalecer la participación y acción ciudadana frente a las problemáticas que afecten las dinámicas del territorio.
- Dirigir acciones para promover el desarrollo local y la convivencia que contribuyan a crear una cultura de participación social en el Valle de Aburrá.
En el artículo mencionado se establece que el objeto de la Subdirección de Desarrollo Social es “liderar y orientar la adopción, formulación, implementación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para garantizar la cohesión social del territorio".
Por lo anterior, la Subdirección de Desarrollo Social tiene a su cargo los siguientes equipos:
A. Equipo de Seguridad, Convivencia y Paz, responsable de la ejecución de las actividades que se encuentran relacionadas con los proyectos y programas que tengan relación con la gestión de la seguridad y convivencia de la ciudadanía de los municipios asociados al Área Metropolitana del Valle de Aburrá.
B. Equipo de Salud Pública, responsable de llevar a cabo las actividades que son necesarias para el desarrollo, articulación y seguimientos de los programas, proyectos y estrategias que se encuentran relacionados con el control y vigilancia de los eventos que son de interés en la salud pública que se encuentren establecidas en la planeación estratégica de la Entidad, y que estas sean ejecutadas bajo la regulación vigente y las políticas institucionales.
C. Equipo del Parque de las Aguas, responsable de ejecutar actividades que son necesarias para la operación y función eficiente del Parque, y así, prestar de manera eficaz, oportuna y segura en la prestación de los servicios a los usuarios y partes interesadas.
D. Equipo de Cultura y Educación, responsable de la realización de los procesos e implementar los programas que tengan injerencia en el fomento de la educación y la cultura que se encuentren determinados en el direccionamiento estratégico de la Entidad, para que, de esta manera, se garantice que se dé una óptima respuesta a los alcances de gestión y a las políticas públicas, lineamientos y normas establecidas por las entidades competentes.