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Las Áreas Protegidas
Ecosistemas estratégicos en el contexto urbano.
Las Áreas Protegidas son áreas definidas geográficamente que han sido designadas, reguladas y administradas para alcanzar objetivos específicos de conservación. Estas areas contribuyen a la conservación de espacios que poseen o pueden llegar a tener una significativa riqueza ecológica y paisajística, que provee beneficios y servicios ambientales al conjunto de la sociedad. En el ámbito urbano son lugares privilegiados para la concepción y desarrollo de estrategias de educación ambiental, investigación, apropiación y participación ciudadana en pro de la conservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes y de las condiciones ambientales del territorio metropolitano del Valle de Aburrá.
Con corte a junio de 2021 en Antioquia se han declarado 102 Áreas Protegidas, de las cuales, 16 se encuentran en la subregión Valle de Aburrá; de esas, solo siete se localizan en suelo urbano. Dentro de nuestra región se encuentran cinco de las 14 áreas de recreación que se han declarado a nivel nacional, por lo que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá es un acto relevante para la discusión sobre los propósitos, resultados y retos de conservación en contextos urbanos y metropolitanos, donde a pesar de la alteración y degradación de los ecosistemas aún se conservan elementos y atributos de la biodiversidad esenciales para la concienciación y el bienestar de las poblaciones urbanas. Las categorías de Áreas Protegidas declaradas en el contexto urbano del Valle de Aburrá son: Áreas de Recreación, Parque Natural Regional Metropolitano y Reservas Naturales de la Sociedad Civil; las dos primeras clasificadas en el ámbito de lo público, mientras que la última categoría se enmarca en el ámbito privado. Frente a estas áreas, el Decreto 2372 de 2010, las describe así:
Parque Natural Regional
Parte o todo del área de un inmueble que conserve una muestra de un ecosistema natural y sea manejado bajo los principios de sustentabilidad en el uso de los recursos naturales y que por la voluntad de su propietario se destina para su uso sostenible, preservación o restauración con vocación de largo plazo.