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​Categoría A: $10.000 tarifa plena

  • Público general
  • Niñas y niños que midan más de 1,20 metros de estatura.

Categoría B: $5.000

  • Niñas y niños mayores de doce (12) meses de edad y que no superen 1,20 metros de estatura, cuya verificación se hará en las taquillas. Las niñas y niños deben estar acompañados de un adulto responsable, quien cancelará su ingreso de acuerdo a la tarifa que le corresponda.
  • Estudiantes y docentes de instituciones educativas acreditadas a nivel municipal, departamental y nacional. Lo estudiantes deben enseñar su carné, la póliza estudiantil y una certificación o constancia que indique la vigencia del año que cursa al momento del ingreso. Las instituciones educativas deben presentar los listados en papel membretado, firmado por el rector o coordinador y con sello de la institución. Utilice el siguiente archivo que contiene el formato de cabezote, péguelo en  la parte superior de la lista y diligencie la relación de personas que conforman el grupo. Descargue el archivo.
  • Servidores públicos de las Alcaldías de los Municipios integrantes del Área Metropolitana del Valle de Aburra, previa presentación del carné vigente expedido por el respectivo municipio, los que podrán ingresar con un grupo de personas - máximo cuatro (4) personas, incluido el servidor. Para tal efecto cada una de las personas que conformen el grupo de ingreso deberá pagar la tarifa correspondiente para la categoría B.
  • Convenios suscritos por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá con entidades públicas y que corresponden solo al ingreso al Parque Metropolitano de las Aguas y la utilización de sus instalaciones; para tal efecto se deberán surtir todos los procesos administrativos definidos por la Entidad.
  • Miembros de la Fuerza Pública de Colombia (policía, ejército, fuerza aérea y armada) activos y jubilados; y oficiales de la reserva; previa presentación del carné que lo acredite como tal, los cuales podrán ingresar con un grupo de personas - máximo cuatro (4) acompañantes, incluido el miembro de la fuerza pública. Para tal efecto cada una de las personas que conformen el grupo de ingreso deberá pagar la tarifa correspondiente para la categoría B.
  • Servidores públicos, pertenecientes a Entidades Públicas del orden Nacional, departamental y municipal; previa presentación del carné que lo acredite como tal, los cuales podrán ingresar con un grupo de personas -máximo cuatro (4) acompañantes, incluido el servidor público; para tal efecto cada una de las personas que conformen el grupo de ingreso deberá pagar la tarifa correspondiente para la categoría B.
  • Acompañante de persona con discapacidad tal que requiera de un ayudante.


Categoría C: $2​​.000

  • Contratistas de prestación de servicios del Área Metropolitana del Valle de Aburra, los que podrán ingresar con un grupo de personas -máximo cinco (5) acompañantes, cada uno de los cuales deberá cancelar la tarifa correspondiente a la categoría C.



Todos los valores incluyen IVA según facturación.

Según la Resolución 3511 de 2018 se autoriza el acceso gratuito al Parque Metropolitano de las Aguas a:​

  • Niños menores de doce meses de edad.
  • Personas con discapacidad que no son autónomas y requieren apoyo. las cuales deberán demostrar su condición de conformidad con la ley nacional de discapacidad.
  • Los Alcaldes y Concejales de los municipios adscritos del Área Metropolitana del Valle de Aburra, El Gobernador de Antioquia y diputados, quienes podrán ingresar con un grupo de personas (máximo cinco (5) personas incluido el funcionario). Para tal efecto, la Entidad expedirá un carné de cortesía con el nombre del titular, el cargo y municipio o entidad a la que representa, el cual es intransferible.
  • Los adultos mayores de 60 años de edad (previa presentación de su documento de identidad).
  • Servidores públicos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, los cuales podrán ingresar con un grupo de personas, máximo cinco (5) acompañantes.​

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Nota: El servicio bolsas para guarda ropa, será suministrado sin ningún costo adicional por el Parque Metropolitano de las Aguas. 

Está prohibido el ingreso de alimentos y bebidas al Parque Metropolitano de las Aguas 

Está prohibido el ingreso y/o uso del material de empaque elaborado en icopor (vajilla, portacomida, bandejas, vasos, platos, cajas, y similares, neveras) ya que es considerado un residuo no biodegradable ni reciclable, estos deberán ser sustituidos con materiales que sean amigables con el medio ambiente. (material reciclable, papel, cartón, latas, entre otros) 

Queda expresamente prohibido el ingreso y consumo de cigarrillos, de toda clase de bebidas alcohólicas, de sustancias psicoactivas (alucinógenas), armas corto punzantes, armas de fuego, recipientes de vidrio e icopor y mascotas; se excepcionará el ingreso de armas de fuego a los escoltas de personalidades, que acrediten tal condición. Ser sorprendido consumiendo o portando cualquiera de ellas dará lugar a expulsión del parque sin derecho a devolución de dinero. 


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