- Niños menores de doce meses de edad.
- Personas con discapacidad que no son autónomas y requieren apoyo. las cuales deberán demostrar su condición de conformidad con la ley nacional de discapacidad.
- Los Alcaldes y Concejales de los municipios adscritos del Área Metropolitana del Valle de Aburra, El Gobernador de Antioquia y diputados, quienes podrán ingresar con un grupo de personas (máximo cinco (5) personas incluido el funcionario). Para tal efecto, la Entidad expedirá un carné de cortesía con el nombre del titular, el cargo y municipio o entidad a la que representa, el cual es intransferible.
- Los adultos mayores de 60 años de edad (previa presentación de su documento de identidad).
- Servidores públicos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, los cuales podrán ingresar con un grupo de personas, máximo cinco (5) acompañantes.
Nota: El servicio bolsas para guarda ropa, será suministrado sin ningún costo adicional por el Parque Metropolitano de las Aguas.
Está prohibido el ingreso de alimentos y bebidas al Parque Metropolitano de las Aguas
Está prohibido el ingreso y/o uso del material de empaque elaborado en icopor (vajilla, portacomida, bandejas, vasos, platos, cajas, y similares, neveras) ya que es considerado un residuo no biodegradable ni reciclable, estos deberán ser sustituidos con materiales que sean amigables con el medio ambiente. (material reciclable, papel, cartón, latas, entre otros)
Queda expresamente prohibido el ingreso y consumo de cigarrillos, de toda clase de bebidas alcohólicas, de sustancias psicoactivas (alucinógenas), armas corto punzantes, armas de fuego, recipientes de vidrio e icopor y mascotas; se excepcionará el ingreso de armas de fuego a los escoltas de personalidades, que acrediten tal condición. Ser sorprendido consumiendo o portando cualquiera de ellas dará lugar a expulsión del parque sin derecho a devolución de dinero.