​El Área Metropolitana del Valle de Aburrá es una entidad administrativa de derecho público que asocia a los 10 municipios que conforman el Valle de Aburrá: Medellín es la ciudad núcleo, alrededor de la cual están conurbados los municipios de Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Itagüí, Sabaneta, Envigado, La Estrella y Caldas; vinculados entre sí por dinámicas e interrelaciones territoriales, ambientales, económicas, sociales, demográficas, culturales y tecnológicas que para la programación y coordinación de su desarrollo sustentable, desarrollo humano, ordenamiento territorial y racional prestación de servicios públicos requieren un ente coordinador.
El Área Metropolitana del Valle de Aburrá actúa como autoridad de transporte público metropolitano y autoridad ambiental urbana. También funge como ente articulador planificador y de coordinación territorial, además de ser ente articulador en seguridad y convivencia

El Área Metropolitana se presenta como un esquema asociativo territorial que permite promover y liderar el impulso de estrategias de desarrollo eficaces y de procesos regionales sólidos a partir de la gobernanza, con la participación del sector privado, la universidad y los actores organizados, generando alianzas entre instituciones y organizaciones que promuevan el ordenamiento territorial equitativo. La Junta Metropolitana la conforman los 10 alcaldes del Valle de Aburrá y la preside el Alcalde de Medellín, ciudad núcleo. Esto permite sumar esfuerzos y voluntades, y generar sinergias para crecer de manera articulada y equitativa.

Ser parte de un mismo territorio es un hecho que experimentamos en nuestra vida diaria: vivimos y pagamos impuestos en Barbosa, pero trabajamos en Medellín; o vivimos en Medellín y trabajamos en Itagüí. Nuestros hijos estudian en municipios vecinos y nuestros familiares siguen viviendo en el Norte cuando nosotros ya nos fuimos para el Sur.

Para gestionar adecuadamente territorios de estas características, vinculados entre sí por estrechas relaciones de orden físico, económico, social y ambiental, que dan al conjunto la forma de una unidad urbana, con configuraciones geográficas similares, se crearon desde la Constitución y la Ley, las áreas metropolitanas.

El Área Metropolitana del Valle de Aburrá fue creada mediante la Ordenanza Departamental Nº 34 de noviembre 27 de 1980, para la promoción, planificación y coordinación del desarrollo conjunto y la prestación de servicios en los municipios que la conforman.

Entre sus funciones principales se encuentran:

  • Programar y coordinar el desarrollo armónico, integrado y sustentable de los municipios que la conforman; recogiendo los elementos relacionados con el desarrollo humano integral y con el ordenamiento y planeación territorial, el desarrollo económico y la gestión social.
  • Liderar la construcción de infraestructura metropolitana de espacios públicos y equipamientos de carácter social, la vivienda y su entorno.
  • Ser autoridad de la calidad ambiental y el desarrollo sostenible abarcando asuntos del cuidado y protección, la gestión, la vigilancia y el control ambiental y de gestión del riesgo.
  • Ser ente articulador del transporte público metropolitano como autoridad de movilidad; fomentar este transporte y otras alternativas de movilidad, el ordenamiento logístico, la seguridad vial y conectividad regional.
  • Ser articulador de seguridad y convivencia gracias a las capacidades técnicas y tecnológicas del territorio.

El territorio

El Valle de Aburrá es una subregión del departamento de Antioquia que se extiende a los largo de diez municipios. Ubicada en la Cordillera Central tiene una extensión de 1.165,5 km2 con una longitud aproximada de 60 kilómetros y una amplitud variable. La conformación del Valle de Aburrá es el resultado de la unidad geográfica determinada por la cuenca del río Aburrá-Medellín, principal arteria fluvial que lo recorre de sur a norte y por una serie de afluentes que caen a lo largo de su recorrido.

Está enmarcado por una topografía irregular y pendiente, que oscila entre 1.300 y 2.800 metros sobre el nivel del mar. Las cordilleras que lo encierran dan lugar a la formación de diversos microclimas, saltos de agua, bosques, sitios de gran valor paisajístico y ecológico.
 
Desde el siglo XVIII se perfilaron los asentamientos que dieron lugar a las cabeceras municipales del Valle de Aburrá. Para las décadas del 50 y 60, el proceso de industrialización y el creciente índice de migraciones campesinas a centros urbanos, aceleró el proceso de crecimiento poblacional lo que incidió en un desbordamiento de los cascos urbanos más próximos a Medellín, produciendo un fenómeno de conurbación o área urbanizada continua.

A principios de la década de los años 70 resultaba evidente entre algunos municipios, particularmente entre Medellín, Itagüí, Bello y Envigado, el desarrollo de procesos de urbanización lineales. Para responder al fenómeno de la conurbación surgió a nivel nacional  el concepto de Áreas Metropolitanas que se incorporó en la reforma de la Constitución Política de 1968, materializada luego con la Ley 61 de 1978 denominada Ley Orgánica del Desarrollo Urbano.
 
En ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas al ejecutivo en la mencionada Ley se expidió el Decreto-Ley 3104 de 1979, en virtud del cual se reguló sobre los alcances, propósitos, condiciones de constitución y de funcionamiento de las Áreas Metropolitanas en Colombia, y se autorizó el funcionamiento de las Áreas del Valle de Aburrá, Barranquilla, Pereira y Bucaramanga.

Definidas entonces desde un inicio como entidades administrativas de derecho público, orientadas hacia la planificación y programación armónica del desarrollo de todo el territorio puesto bajo su jurisdicción, y provistas de atributos normativos con una jerarquía superior a la de los municipios asociados, fueron reguladas sus atribuciones planificadoras a partir de la Ley 152 de 1994 por la cual se establece la Ley Orgánica de los Planes de Desarrollo.

Hacia 1983 se expidió la Ley 14, que reguló sobre la formación y actualización de los catastros municipales, y una de sus disposiciones definió los alcances de lo que hoy se conoce como la “sobretasa metropolitana”, en los mismos términos y para similares propósitos a los que alude el artículo 22 de la Ley 128 de 1994, Ley Orgánica de las Áreas.
 
Actualmente, El Área Metropolitana del Valle de Aburrá está presente en la planeación a nivel macro, en la ejecución de grandes proyectos, y en todo aquello que contribuye a consolidar una región articulada con oportunidades de desarrollo sostenible para todos sus habitantes, altos niveles de calidad de vida, con una ciudadanía responsable y participativa, que cree y confía en sus instituciones.


  
  
  
  
ordenanza-034-1980.pdfOrdenanza 034 de 1980Por medio de la cual se dispone el funcionamiento del Área Metropolitana del Valle de Aburrá70 KB